SABES TU QUE SON LAS ENFERMEDADES OCUPACIONALES? EN LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA SE MANEJAN DOS TIPOS DE ACEPCIONES DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES. UNA GENÉRICA Y OTRA ESPECIFICA.
SEGÚN LUIS EDUARDO MENDOZA, EN SU LIBRO: LA LOPCYMAT UN ENFOQUE PRACTICO, 2009, LA DEFINICIÓN GENÉRICA SE INFIERE DEL ARTICULO 562 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO EN EL CUAL SE HABLA DE ENFERMEDADES PROFESIONALES, CONCEPTO QUE ALUDE A ENFERMEDADES QUE DERIVAN DE UNA PROFESIÓN EN PARTICULAR. POR EJEMPLO, EL TÚNEL CARPIANO PRODUCIDO POR MOVIMIENTOS REPETITIVOS DEL MOUSE EN EL USO DE LA COMPUTADORAS EN LAS SALAS DE REDACCION DE PERIODICOS.
LA OTRA ACEPCIÓN, MAS ESPECIFICA, SEGÚN EL AUTOR, ESTA CONTENIDO EN EL ARTICULADO DE LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO, LOPCYMAT, CUYO ARTICULADO ESTIPULA QUE LAS ENFERMEDADES OCUPACIONALES NO DERIVAN SOLO DE UNA PROFESIÓN, SINO QUE CONTEMPLA AQUELLA ENFERMEDAD COMÚN QUE SE AGRAVA CON LA EXPOSICIÓN A LOS RIESGOS EN LOS RESPECTIVOS PUESTOS DE TRABAJO, SEA OBRERO, EMPLEADO, PROFESIONAL, ARTE U OFICIO.
SEA CUAL SEA LA ACEPCIÓN, EXISTE UNA LISTA DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES YA RECONOCIDAS, QUE DEBE SER REVISADA Y ACTUALIZADA PERIÓDICAMENTE POR INPSASEL, ASÍ COMO LA DELINEACIÓN DE LAS NORMAS TÉCNICAS RESPECTIVAS, TAL ES EL CASO DE LA NORMA TECNICA PARA LA DECLARACIÓN DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES (NT-02-2008), VIGENTE EN EL PAIS.
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